Mediante el RD 395/2007 que regula el subsistema de formación profesional, la Orden TAS 2307/2007 que lo desarrolla, el Real Decreto-ley 4/2015 que viene a reformar el sistema y Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral, se estipula que cada empresa disponga de un importe económico anual para la formación de sus trabajadores. Las empresas pueden recuperar su inversión en formación mediante la aplicación de bonificaciones en sus boletines de cotización a la Seguridad Social.
El importe económico disponible depende de las cotizaciones de empresas y trabajadores en concepto de Formación Profesional durante el año anterior y por el porcentaje que les sea de aplicación en función de su plantilla media. El porcentaje de aplicación se aprueba cada año por la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Documentos para matriculaciones en cursos bonificados: